En Inmobiliaria Río Cochrane nos importa que conozcas el procedimiento para adquirir uno de nuestros departamentos, y las regulaciones vigentes para la convivencia dentro de un condominio.

PROCESO DE COMPRA

Para comprar uno de nuestros departamentos debes seguir los siguientes pasos:

COTIZACIÓN

Constituye el inicio del proceso de compra venta donde Inmobiliaria Río Cochrane le ofrece al cliente interesado en una o varias de sus unidades inmobiliarias, cada una de estas con el detalle de sus valores y condiciones de pago además de sus especificaciones técnicas.

Para la emisión de una cotización, son necesarios los siguientes datos del cliente interesado:

· Número de cédula de identidad.
· Nombre completo.
· Teléfono y/o celular.
· Correo electrónico.
· Dirección.

Además de esta información, es posible que se le requiera al cliente otra información de carácter general.

La cotización contará con una vigencia de 10 días corridos desde la fecha de emisión, este plazo se encuentra detallado en la cotización. Las condiciones determinadas y ofrecidas en la cotización se respetarán siempre y cuando se esté dentro del plazo de vigencia y el inmueble no haya sido reservado, promesado o escriturado. En ningún caso la cotización constituye una reserva del inmueble.

OFERTA DE COMPRA Y VENTA

A través de este paso es que la persona separa y reserva la(s) propiedad(es) elegida(s) a su nombre durante el plazo estipulado en dicho documento (30 días). El proceso de reserva se concreta mediante la firma por parte del cliente, quien deberá realizar el pago del abono por derecho de reserva en el acto ($400.000) e informarlo mediante comprobante de depósito o transferencia (el cual puede ser entregado en formato físico o digitalizado y enviado vía email) al ejecutivo de ventas.

La inmobiliaria no recibe ningún tipo de pago en efectivo o cheque en Sala de Venta.

PROMESA DE COMPRA VENTA

La promesa de compra venta es un contrato firmado entre el cliente y el(los) representante(s) legal(es) de la inmobiliaria para toda operación de compra venta de uno o más inmuebles. En este documento se representa el compromiso de la inmobiliaria a vender el inmueble y del cliente a comprarlo. Para que un cliente esté en condiciones de firmar una promesa de un inmueble, este deberá tener cancelado y validado el abono por derecho de reserva.

ESCRITURA DE COMPRA VENTA

La escritura de compra venta es el documento legal mediante el cual se transfiere el dominio de una propiedad.

Una escritura individualiza a la parte vendedora y la parte compradora, en ella se describe detalladamente el motivo y materia de compra venta, fijando su precio, forma de pago y otras consideraciones.

Este documento debe ser firmado ante un notario público, quien certifica la identidad de los comparecientes a la escritura. En caso de que la compra sea financiada con alguna institución bancaria, la notaría es fijada por dicha institución.

ENTREGA

Este proceso se realiza una vez que la escritura de compra venta respectiva es inscrita en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente. En este se produce la entrega definitiva de la propiedad junto con las llaves de esta.

LA VIDA EN CONDOMINIO

Es importante que tomes conciencia de que tu nueva vivienda forma parte de un Condominio, lo que implica que su uso está sujeto a lo establecido en la Ley de Copropiedad, el Reglamento de Copropiedad y otras normativas emitidas por los órganos de administración del condominio. Mantener una calidad de vida adecuada en tu hogar dependerá directamente de tu capacidad para respetar estas normas de convivencia.

Debido a que estás compartiendo áreas y servicios con otros propietarios, es fundamental que comprendas y cumplas con las normas de uso de las instalaciones comunes y los horarios de uso establecidos. De igual forma, es importante que respetes las normas de convivencia, el derecho a la privacidad de los demás y evites perturbar la tranquilidad de los vecinos.

Recuerda que el objetivo de estas normas no es limitar tu libertad, sino más bien garantizar un ambiente agradable, seguro y armonioso para todos los residentes del condominio. Te recomendamos que leas cuidadosamente las normativas establecidas y que las respetes en todo momento, para que puedas disfrutar plenamente de tu nueva vivienda en el condominio.

BIENES DE USO COMÚN

Cada copropietario es dueño exclusivo de su unidad y comunero de los bienes afectos al uso común, debiendo cuidar de dichos bienes y no disponer de ellos para fines distintos a su legítimo uso.

Entre los bienes denominados comunes, encontramos:

· Zonas de áreas verdes, pasillos, muros, techumbres, fachadas, estacionamientos, conserjería, zonas de juegos infantiles, sala de eventos, piscina, veredas, y todos los mencionados en la ley de copropiedad inmobiliaria art.2 n° 3 y en el reglamento de copropiedad vigente para su comunidad.

· El mal uso de los bienes comunes será sancionado con una multa.

GASTOS COMUNES

Son los gastos en que se incurre para el adecuado funcionamiento del Condominio. Los gastos comunes deben ser abonados directamente por cada copropietario a la cuenta corriente del Condominio.

En el caso de que una unidad se encuentre morosa, la Administración podrá suspender el servicio eléctrico.

USO DE LAS VIVIENDAS

Las viviendas solo podrán destinarse al uso habitacional. Sin poder ejecutar actos que perturben la tranquilidad de los otros copropietarios ni provocar ruidos molestos en las horas que ordinariamente se destinan al descanso.

ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN

Asamblea de Copropietarios: es el órgano supremo en materia de administración y todo lo que convierne a la administración del Condominio será resuelto por los copropietarios reunidos en asamblea. Para poder votar en una Asamblea de Copropietarios es requisito que el Copropietario esté al día con todas sus obligaciones referidas al pago de los Gastos Comunes del Condominio.

Comité de Administración: Está conformado por un número reducido de copropietarios, quienes en forma voluntaria y no remunerada se ofrecen a velar por el adecuado funcionamiento del Condominio.

Administrador del Condominio: es la persona jurídica o natural responsable de implementar las medidas de administración para el adecuado funcionamiento del Condominio. Estas medidas están contenidas en el reglamento de copropiedad o son dictadas por la Asamblea de Copropietarios o el Comité de Administración. La Administración no es responsable del comportamiento directo de los copropietarios ni de los robos o hurtos que puedan tener lugar en el Condominio.